Código de Ética
Inhaus Revista
Introducción
El presente Código de Ética de REVISTA INHAUS, se ha elaborado de acuerdo a su objetivo comunicacional y la legislación vigente, que regula el trabajo individual y colectivo de los trabajadores de esta REVISTA.
Objetivo
El presente Código de Ética tiene como objetivo principal el regularizarlas a El presente Código de Ética tiene como objetivo principal el regularizar las actividades de quienes formamos parte de REVISTA INHAUS, de tal manera que se modulen tanto las actividades de edición, producción y publicación de esta revista, como la conducta de quienes participamos de su elaboración. La finalidad es que REVISTA INHAUS, como medio de comunicación, logre cumplir con su visión, misma que es posicionarse como el medio de comunicación líder en vanguardia, cultura y expresiones artísticas. Siendo un portal para conocer el mundo y conocernos a nosotros mismos, con sujeción a los principios éticos propios de las profesiones relacionadas con la comunicación social, el marketing, el periodismo y similares, así como a las normas legales vigentes.
Capítulo I
Consideraciones Generales
Base Legal
1) Este Código recoge principios universalmente reconocidos para el ejercicio ético del periodismo y garantizará el derecho a la información y a la comunicación. Este es un derecho universal, reconocido en el artículo 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, y el artículo 13 de la Convención Americana de Derechos Humanos.
2) La Constitución de la República también consagra los derechos a una comunicación libre, intercultural, incluyente, diversa y participativa, así como el derecho a crear medios de comunicación social; la pluralidad y la diversidad en la comunicación; el intercambio de información veraz, verificada y oportuna. Todo esto se encuentra consagrado en los artículos 16, 17, 18, 19 y 20 de la Constitución. De igual manera, el artículo 384 de la Carta Magna establece que el sistema de comunicación social asegurará el ejercicio de los derechos de la comunicación, la información y la libertad de expresión, y fortalecerá la participación ciudadana.
3) La Ley Orgánica de Comunicación establece que los principios del régimen de la comunicación en nuestro país, se basa en los principios de acción afirmativa(art.11); democratización de la comunicación e información (art.12); la participación (art.13); la interculturalidad y la plurinacionalidad (art.14); el interés superior de los niños, niñas y adolescentes (art.15 – que tiene también su fundamento en el artículo 11 del Código de la Niñez y Adolescencia)y la transparencia (art.16). Según el artículo 91.4 de la LOC, como medio de comunicación nos vemos obligados a expedir nuestro código de ética, de tal manera que podamos mejorar nuestras prácticas de gestión interna y trabajo comunicacional. Su reglamento, en su artículo 9 también determina dicha responsabilidad.
De tal manera que, este código se nutre de todas las disposiciones normativas previamente citadas y, en general, de todas aquellas que regulan el ejercicio del derecho de comunicación y libertad de expresión consagradas en la Ley Orgánica de Comunicación y en otras normas del ordenamiento jurídico ecuatoriano vigente.
Capítulo II
Compromisos Personales
Artículo 1.- Compromisos Personales de quienes participamos de REVISTA INHAUS: Todos quienes participamos de REVISTA INHAUS, tenemos el fiel compromiso de:
1.1. Respetarlos derechos a la intimidad, honra, buen nombre, dignidad y el derecho de privacidad de todas las personas, naturales o jurídicas. De tal manera que el contenido de la revista de ninguna manera será lesivo a cualquiera de estos derechos. La difusión de información a través de nuestra revista será de nuestra entera responsabilidad.
1.2. Respetar el secreto profesional y la confidencialidad de la información. De tal manera, que la confidencialidad de la información que nos haya sido entregada con ese carácter, será protegida de cualquier uso, distribución o revelación. El manejo de esta información será con el mismo nivel de cuidado respecto a la protección de la Información Confidencial que le sea entregada que la que usamos para proteger nuestra propia Información Confidencial. La reserva de fuente y el secreto profesional serán derechos que se respetarán fielmente.
1.3. La información que sea utilizada para la elaboración de nuestra revista, deberá ser utilizada de manera que no se omita o tergiverse parte de ella endetrimento de terceros.
1.4. Respetar la autoría del material periodístico que haya sido producido por terceras personas. El material será debidamente citado y se otorgarán los respectivos créditos, con aplicación de las reglas para el reconocimiento de derechos de autor y las normas de citación aplicables en cuanto deban ser usados por nuestra revista, considerando el tipo de trabajo y la forma de difusión de información que dentro de ella se produce. Así mismo respetaremos cualquier tipo de información, producto audiovisual y en general contenido protegido por el Código de Ingenios.
1.5. Evitar el cometimiento de cualquier tipo de delito, en el intento del ejercicio, de nuestra profesión. De tal manera que declaramos entender que la figura de ficción de conocimiento popular de la ley, nos obliga a conocer el contenido del Código Orgánico Integral Penal, y de manera específica los delitos que tienen como bien jurídico protegido a la honra, buen nombre, imagen e intimidad, y nos comprometemos a no cometerlos bajo ningún concepto. Así mismo, la producción y obtención del material audiovisual, fotográfico y periodístico que será parte de nuestra revista, serán obtenidos de forma lícita.
1.6. Eliminar cualquier tipo de contenido que implique el detrimento de todos los derechos, de niños, niñas o adolescentes; de manera especial, de aquellos que se encuentren en conflicto con la ley o sean víctimas de cualquier delito.
1.7. Utilizar con la diligencia debida cualquier tipo de material periodístico de tal manera que, previa su utilización, corroboraremos la autenticidad y veracidad de la información que contienen, y si se trata de material audiovisual, que contamos con las respectivas autorizaciones para su uso y divulgación.
1.8. Fomentar el compañerismo y el trabajo en equipo, siendo esto la base de una buena convivencia.
1.9. Impedir toda clase de censura; salvos aquellos casos en los que la censura se aplique en la protección de cualquier derecho que prevalezca sobre el material que por orden legítima de autoridad competente deba censurarse.
1.10. Evitar difundir material que contenga conductas u opiniones que, a su vez, atenten contra la naturaleza;
1.11. El trabajo de esta revista será libre, y no estará sujeta presiones externas, de personas públicas o privadas, más aún de política.
1.12. No realizar ni difundir contenido que discrimine a determinada persona o sector de la población; de manera especial, queda prohibido el uso y difusión de contenido que atente contra grupos de atención prioritaria – esto es, niños, niñas, adolescentes, adultos mayores, personas embarazadas, personas en situación de movilidad, personas con enfermedades degenerativas o catastróficas, que posean cualquier categoría sospechosa, al amparo de lo previsto en el artículo 11 numeral 2 de la Constitución de la República.
1.13. Distinguir con claridad las noticias de las opiniones;
1.14. Distinguir el material informativo, el material editorial y el material comercial o publicitario;
1.15. Aplicar los principios de verificación, oportunidad, contextualización y contrastación en la difusión de información de relevancia pública o interés general;
1.16. Respetar la libertad de expresión,
1.17. Rectificar de la manera más pronta posible, una vez que hayamos tenido conocimiento, la información que no sea verás o no sea auténtica;
1.18. Respetar el derecho a la presunción de inocencia; de tal manera que no se incluirá, dentro de nuestro contenido, cualquier material tendiente a determinar la responsabilidad de un particular sobre el cometimiento de una determinada conducta.
1.19. Abstenerse de difundir publicaciones y/ o reportajes como si fuese material informativo;
1.20. El título de comunicador social, licenciado en marketing, diseñador gráfico o afines propios de nuestra labor, no podrá ser utilizado para obtener beneficios personales;
1.21. Abstenerse de realizar prácticas tendientes a desprestigiar, deshonrar o desacreditar a una persona, natural o jurídica. Es decir, evitar el linchamiento mediático.
Capítulo III
Obligaciones generales exigidas en el reglamento a la ley orgánica de comunicación
Artículo 2.- Parámetros mínimos de cumplimiento. – De conformidad a lo previsto en el artículo 10 del Reglamento a la Ley Orgánica de Comunicación, este Código de Ética busca garantizar el respeto de los derechos de las personas a expresarse libremente ya recibir información veraz. De manera especial, REVISTA INHAUS asume los siguientes compromisos: Transmitir información precisa y veraz, con criterios claros para la investigación, verificación y presentación de los hechos; Mantener la reserva y confidencialidad de las fuentes; Fomentar la responsabilidad social, de valores democráticos y de derechos humanos; respetar y promover el derecho de réplica y rectificación de información inexacta o perjudicial para la reputación del reclamante; Establecer normas para la protección de niños, niñas y adolescentes y grupos vulnerables que garanticen el respeto de sus derechos y eviten cualquier forma de discriminación.[1]
Capítulo IV
Definición de línea editorial, valores y principios que regulan a Revista Inhaus
Artículo 3.- Definición de la línea editorial del medio de comunicación: la línea editorial está enfocada en la arquitectura, el diseño de interiores, gastronomía, la salud en general, los viajes, y el turismo.
Artículo 4.- Valores:
4.1. Veracidad y precisión: es el compromiso con la verdad y la precisión en la información presentada, evitando la difusión de noticias falsas o engañosas.
4.2. Imparcialidad y objetividad: Presentar la información de manera equilibrada y sin sesgos, ofreciendo diferentes puntos de vista y no favoreciendo a ninguna parte interesada.
4.3. Independencia: Mantenerse libre de influencias externas, ya sean políticas, comerciales o de cualquier otro tipo, que puedan afectar la integridad de la información.
4.4. Transparencia: Ser claros y abiertos sobre las fuentes de información y los procesos de producción de las noticias, así como admitir y corregir los errores cuando se cometen.
4.5. Responsabilidad: Asumir la responsabilidad por el contenido publicado y su impacto en la sociedad, promoviendo un periodismo que contribuya al bien común.
Artículo 5.- Principios:
5.1. Ética profesional: Seguir un código de ética periodística que guíe las prácticas y decisiones diarias, asegurando el respeto por los derechos humanos y la dignidad de las personas.
5.2. Pluralismo: Fomentar la diversidad de opiniones y voces, asegurando que se escuchen diferentes perspectivas y se represente a todas las comunidades.
5.3. Respeto a la privacidad: Proteger la privacidad de las personas y evitar la intrusión injustificada en su vida personal, amenos que exista un interés público claro y legítimo.
5.4. Innovación y adaptabilidad: Estar abiertos a nuevas tecnologías y métodos para mejorar la calidad de la información y la manera en que se entrega al público.
5.5. Compromiso con la comunidad: Entender y reflejar las preocupaciones y necesidades de la audiencia, contribuyendo al debate público y fortaleciendo la democracia.
Capítulo VI
De la publicación de la revista
Artículo 6.- Fines de la publicación: La publicación de la revista está destinada a cumplir funciones culturales y de entretenimiento. Busca Poner en el reflector a personas e iniciativas que mejoran el mundo a través del arte, el crecimiento personal, la vanguardia y las experiencias.
Artículo 8.- Objetivo de la publicación: Poner en el reflector a personas e iniciativas que mejoran el mundo a través del arte, el crecimiento personal, la vanguardia y las experiencias.
Artículo 7.- Propuesta comunicacional: El contenido de la revista responde a la propuesta comunicacional cultural. Busca la profundidad en los artículos y tono cercano, artístico e inspiracional.
Artículo 8.- Eje temático: Nuestra propuesta se sustenta en el tratamiento temático cultural, de carácter local, regional, nacional, latinoamericano e internacional.
Artículo 9.- Contenido: Reportajes, entrevistas, fotografías y videos en medios digitales.
Capítulo VII
Rectificación de información
Artículo 10.- Rectificación de difusión de información inexacta, engañosa o distorsionada: REVISTA INHAUS corregirá de inmediato, o en su caso eliminará, una vez que haya sido puesto a su conocimiento, cualquier hecho relacionado a la difusión de información engañosa, inexacta o distorsionada informativa; en un espacio similar al que la generó de manera específica para este fin, así como permitir el derecho de réplica de las personas o instituciones afectadas. Además, cuando corresponda, expresará una disculpa de manera pública, cuando medie una orden legítima de autoridad competente para el efecto.
Capítulo VIII
Consideraciones finales
Nuestro equipo creará los mecanismos para el seguimiento y evaluación de los compromisos asumidos, de manera que tanto nosotros, como quienes colaboran con nuestra revista, se sometan de manera fiel e íntegra al presente código de ética.
Dado en la ciudad de Cuenca, a los 17 días del mes de julio del año 2024.
[1] Nota: El contenido de este artículo fue tomando, a su vez, del artículo 10 del Reglamento a la Ley Orgánica de Comunicación, publicado en el Registro Oficial No.383, 28 de agosto 2023
El presente código fue socializado con todo el equipo de Inhaus Media el 17 de julio de 2024